Generalmente se debe apostillar el documento original. Esto se debe a que, según el Convenio de La Haya, la Apostilla del documento original certifica la validez o autenticidad de la firma del funcionario público que ha firmado el documento original, el cual debe estar previamente registrado en El Ministerio de Relaciones Exteriores, así como su calidad o capacidad con la que actual dicho funcionario (Convenio de la Haya, Articulo 5).
Sin embargo, algunas entidades en el exterior, solicitan de manera adicional que la traducción oficial también sea apostillada, en cuyo caso, dicha traducción deberá primero ser autenticada ante notaria y posteriormente apostillada. Es importante que usted solicite los requisitos (si requiere apostilla o no) ante la entidad donde pretende presentar sus documentos, ya que no es responsabilidad de los traductores conocer dichos requisitos pues, estos pueden variar de acuerdo al trámite que piensa realizar cada cliente y según la entidad o país donde se van a presentar los documentos.
Para Apostillar documentos académicos emitidos por Colegios, Universidades e instituciones educativas, se debe primero hacer el trámite de legalización de dichos documentos ante el Ministerio de Educación, para posteriormente poder Apostillar dichos documentos. Nuestra Agencia de Traducciones UPC Traductores Oficiales puede realizar este trámite el cual tendría costo adicional y previa solicitud por parte del Cliente
Tenga en cuenta que toda apostilla certifica la autenticidad de la firma y la calidad en que el signatario o funcionario haya actuado, más no certifica ni valida el contenido del documento a apostillar.